Por: Diego Rizzo
El juez Omar Vásquez Cuartas, del Juzgado de Circuito Civil 20 de Medellín (Colombia), ordenó este 27 de octubre que se reanude el procedimiento de eutanasia a Martha Sepúlveda, de 51 años, luego que este fue suspendido el 9 de octubre por el Instituto Colombiano del Dolor (IPS Incodol).
Sepúlveda es una madre de familia que padece de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), lo que hizo que en 2020 sus piernas dejaran de responderle. Esta enfermedad afecta las neuronas en el cerebro, el tronco cerebral y la médula espinal que controlan el movimiento de los músculos voluntarios.
El caso de Martha Sepúlveda ha recibido una gran atención mediática, pues se convertiría en la primera persona con una enfermedad no terminal en recibir la eutanasia.
El 6 de agosto el Comité Científico Interdisciplinario dió una respuesta afirmativa y Sepúlveda fijó como fecha para la eutanasia el 31 de octubre; pero luego decidió adelantarlo para el 10 de octubre pasado a las 7:00 a.m.
Sin embargo, el 9 de octubre el Incodol canceló la eutanasia. En un comunicado informó que el Comité Científico Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad “concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento”.
En su comunicado explicó que en una reunión del 8 de octubre “se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud de la señora Martha Liria Sepúlveda” y concluyó “cancelar el procedimiento”.
“Es por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”, concluyó el comunicado del Incodol.
Sin embargo, Sepúlveda Campo presentó un recurso y en su fallo, según el juez Vásquez Cuartas, el Incodol vulneró “los derechos fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana”.
Por lo que ordenó a Incodol a “cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto del presente año, por medio de la cual, se le informa y reconoce a la tutelante, que cumple con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia según lo establecido por el precedente jurisprudencial”.
Asimismo, dió al organismo 48 horas para acordar con Martha Sepúlveda “el día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento eutanásico, siempre y cuando ésta mantenga su voluntad de practicarlo”.