Betzabeth Jaramillo, Politóloga
La reciente decisión de la Corte Constitucional de Ecuador ha marcado un momento decisivo en la política y la sociedad ecuatoriana. En un exhaustivo análisis de las 19 preguntas propuestas por el presidente Daniel Noboa para la consulta popular 2024, el tribunal aprobó 10, dejando fuera aquellas que no cumplían con los rigurosos estándares constitucionales del país. De estas, la pregunta 10, que sugería una reforma en los procedimientos de inadmisión, deportación y expulsión de extranjeros, ha sido particularmente significativa, poniendo de manifiesto la complejidad de la migración y la necesidad de abordarla con un enfoque basado en derechos humanos.
La consulta popular es un mecanismo esencial que garantiza la participación ciudadana en Ecuador. A través de este proceso de democracia directa, los ciudadanos tienen la oportunidad de expresar su voluntad sobre temas políticos y sociales fundamentales. La Constitución del país establece que el Presidente, los GADs o los mismos ciudadanos pueden convocar una consulta. En el caso de que sea el Presidente quien la convoque, debe someter las preguntas a la Corte Constitucional, que realiza un control de constitucionalidad automático, asegurando que cada pregunta esté alineada con la Constitución antes de proceder a la votación.
El 26 de enero de 2024, la Corte Constitucional llevó a cabo este control sobre las preguntas propuestas para la consulta popular del mismo año. El dictamen fue claro: mientras que algunas preguntas fueron aprobadas, otras no cumplieron con los criterios necesarios. Este hecho resalta la importancia de la Corte como garante de la constitucionalidad y como custodia de los principios democráticos.
El caso de la pregunta 10 es un claro ejemplo de la vigilancia de la Corte. Esta pregunta, centrada en la migración y la seguridad, no solo demostró una falta de comprensión de la migración como fenómeno global y sus implicaciones en la seguridad nacional, sino que también sugirió una relación directa entre inseguridad y la presencia de extranjeros en el país. La Corte, al rechazar esta pregunta, refutó categóricamente dicha narrativa, recordando al gobierno y a la sociedad que la seguridad no puede construirse sobre bases de xenofobia o estereotipos dañinos.
Además el máximo órgano encontró múltiples problemas en cómo se formuló la pregunta y sus considerandos, proponía reformas en la política migratoria. El enfoque de la pregunta sugiere una narrativa preocupante que vincula migración con inseguridad y delincuencia. De igual modo hizo un llamado al presidente y a su equipo a revisar sus funciones y la normativa ecuatoriana, ya que el anexo de esta presunta tiene diferente lagunas, carece de lógica, argumentos y hasta llega a detallar que ante la ineficiencia del gobierno en el control migratorio esperan realizar procesos como la deportación sin el debido proceso como dictan los protocolos internacionales.
A este tipo de iniciativas o políticas debemos prestar atención especial y estar vigilantes todos quienes hacemos activismo con enfoque la población en contexto de movilidad humana, organizaciones y organismos multilaterales, debido a que pueden retomarse esfuerzos por criminalizar a la migración en un futuro pese a que la estadística da muestra que el país la inseguridad obedece a causas más complejas.
La decisión de la Corte es un recordatorio de que la justicia y el estado de derecho deben prevalecer sobre la política populista o la política 3.0. Al obligar al gobierno a reconsiderar su enfoque y sus políticas en materia de migración, la Corte no solo ha protegido los derechos de los migrantes, sino que también ha defendido la integridad del proceso democrático y la imagen internacional de Ecuador.
Este dictamen de la Corte Constitucional es una victoria para todos aquellos comprometidos con la democracia y los derechos humanos. Nos recuerda la importancia de la participación ciudadana informada y respetuosa de la constitución en la toma de decisiones políticas. Además, es un llamado a otros países y a la comunidad internacional a seguir este ejemplo de dignidad y respeto por la ley y por los derechos fundamentales de todas las personas, sin importar su origen.
La Corte Constitucional, con su dictamen, no solo ha aplicado la ley, sino que ha interpretado el espíritu de la constitución en su forma más elevada, asegurando el estado de derecho en Ecuador. De igual modo ha evitado generar un precedente en la materia migratoria terrible no solo para los migrantes en el territorio ecuatoriano sino para las personas en contexto de movilidad humana en la región. Así como su llamado de atención al gobierno por como se plateo esta pregunta y el desconocimiento del enfoque migratorio a pesar de las normas firmadas y ratificadas por el Estado Ecuatoriano.
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