El Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ (OVV LGBTIQ+) verificó la afirmación que se dio a conocer en una nota de prensa con abogados y, con base a las opiniones de los expertos, se concluyó que los consejos comunales no pueden certificar las uniones entre parejas del mismo sexo. Además, se verificó que esas certificaciones tampoco se asemejan al matrimonio civil igualitario, exigencia histórica de la población LGBTIQ+ en el país.
La nota de prensa difundida por distintos portales web en el país dio a conocer que, por primera vez, se le otorgó una constancia de residencia conjunta a una pareja de mujeres lesbianas en la parroquia La Vega (Distrito Capital), asimilando el documento a una unión estable de hecho, unión similar al matrimonio. El titular da a entender que el Estado reconoce a las parejas del mismo sexo mediante dichas agrupaciones sociales.
“Una constancia de residencia conjunta no puede ser catalogada como una unión estable de hecho porque no cumple con los parámetros que están asemejados de manera directa al matrimonio”, subraya Andreína Colmenares, abogada del OVV LGBTIQ+.
La legislación actual no contempla la unión estable de hecho entre personas del mismo sexo y, según los abogados, eso será así hasta que se modifique el sistema legal venezolano. Actualmente, por las propias limitaciones y omisiones legislativas, algunas de carácter político, es que no se permite la unión estable de hecho o el matrimonio civil igualitario.
“Es un intento de manipular la información disponible. Una constancia de residencia conjunta ni siquiera está regulada por el CNE, ni tiene establecido en su reglamentación hacerlas. Si se hace una interpretación sobre lo que significa una constancia de residencia conjunta, asimilando a una constancia de residencia, lo único que establece es que hay dos personas que residen en un mismo lugar, pero no habla de que existe una relación entre ellos de ningún nivel”, explica el abogado Alfredo Félix sobre el caso.
Los consejos comunales, sin competencia para certificar uniones entre personas del mismos sexo
Los consejos comunales no tienen competencia para certificar uniones entre personas del mismo sexo. Al buscar qué documentos son necesarios cuando existe una unión estable de hecho, que se debe registrar ante el Registro Civil, se incluye es la carta de concubinato y esa solo se otorga, por ley, a parejas heterosexuales, lo que deja ver que la certificación que emitió el consejo comunal solo afirma que dos personas LGBTIQ+ viven juntas, según explica Félix.
El concubinato, si aplicara para personas del mismo sexo, tendría efectos legales al matrimonio, pero esa institución no es la que se está reconociendo en este caso, dice Félix. Cataloga como irresponsable que se difunda dicha información e indica que es incongruente con el reconocimiento a los derechos de las personas de las personas LGBTIQ+, pues trata de limpiar la imagen del Estado venezolano, que no ha aprobado aún leyes que beneficien a esta población.
¿Cuáles son las competencias del consejo comunal?
De acuerdo con la abogada Andreina Colmenares, los consejos comunales tienen una ley especial que regula sus funciones y sus atribuciones, principalmente apegadas al Poder Ciudadano del Estado. A pesar de ser un ente cercano a la ciudadanía y que puede dar constancias de residencia, estas no tienen mayor alcance legal.
“Las constancias de residencia que emiten los consejos comunales tienen la misma validez que puede dar una junta de condominio. Vas y lo presentas con otros documentos ante el CNE y ellos emiten un documento que puedes presentar en otras instancias. El documento solo da fe de que vives en un lugar”, dice Félix sobre las limitaciones de los consejos comunales para emitir dichos documentos.
La abogada explica que la constancia de residencia conjunta puede servir para ciertos trámites administrativos, como un crédito bancario, o ciertos ámbitos legales. No obstante, con ella no se puede dar derechos sucesorios, a particiones, derecho a presentar una acción ante un tribunal.
Con informacion del OVLGBTIQ+