La Fiscal saliente de la Corte Penal Internacional debe pronunciarse sobre el Caso Venezuela I que investiga presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país durante las protestas en contra del gobierno de Nicolás Maduro
De iniciarse la fase IV en Venezuela, el Gobierno de Maduro tiene en sus manos múltiples recursos para tratar de suspender la investigación o de retrasarla
El 13 de febrero del año 2020, el canciller chavista, Jorge Arreaza, denunció a los Estados Unidos ante la CPI por crímenes de lesa humanidad, debido a las sanciones económicas impuestas a su país
Por: @Andrea_GP21 y @yeannalyfermin
Venezuela está a la expectativa de la decisión que podría emitir la saliente Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) Fatou Bensouda, sobre el caso Venezuela I.
Teniendo en cuenta que el 15 de junio termina su período, se espera que antes de esa fecha Bensouda haga públicos “los nuevos hallazgos” que su Oficina ha adelantado sobre el caso, y también que informe si se abrirá o no una investigación en Venezuela por los presuntos crímenes de lesa humanidad que cometieron las fuerzas de seguridad del Estado, durante las protestas de 2017 en contra del gobernante Nicolás Maduro.
El próximo pronunciamiento de Bensouda sobre el Caso Venezuela I, el cual se encuentra en fase 3, es uno de los más importantes, pues con el avance hacia la fase 4, la Fiscalía deberá abrir una investigación formal en contra de individuos concretos, con lo que Nicolás Maduro podría convertirse en el primer presidente latinoamericano en ser investigado por la Corte Penal Internacional.
En diciembre de 2020, Fatou Bensouda informó tras llevar a cabo un examen preliminar sobre el Caso Venezuela I, que se encontraron fundamentos razonables para creer que “al menos desde abril de 2017 autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno han cometido los crímenes de lesa humanidad de encarcelación, tortura, violación y/u otras formas de violencia sexual y persecución de un grupo o colectividad en motivos políticos”.
El pasado 8 de junio, y a pocos días de entregar su cargo, Bensouda en declaraciones a EFE, afirmó que las pesquisas de la Fiscalía de La Haya “han avanzado significativamente”. Aseguró también que “el asunto está ahora a la espera de los jueces y que no hay mucho más que pueda decir”.
Un proceso largo
La Fiscalía de la CPI ha recibido denuncias sobre violaciones a los derechos humanos desde el año 2014, pero la gestión de Bensouda se ha centrado en investigar el uso de la fuerza por parte del gobierno oficialista para reprimir las manifestaciones ocurridas desde abril del 2017.
El motor de estas denuncias ha sido La Organización de Estados Americanos (OEA), el Grupo de Lima, varias organizaciones no gubernamentales (ONG), diputados, dirigentes opositores venezolanos, la fiscal destituida por la ANC, Luisa Ortega Díaz, entre otros.
Hay una serie de antecedentes y eventos que ocurrieron a lo largo de los años, los cuales permitieron visibilizar todas estas denuncias ante la CPI, incluyendo las que ha presentado el gobierno de Nicolás Maduro.
El equipo de Runrun.es elaboró una línea de tiempo para detallar cada uno de estos eventos, que incluso datan de cuando Hugo Chávez, expresidente de Venezuela, todavía se encontraba en el poder.
Tres escenarios
La tarde de este lunes, 14 de junio, se esperaba que la fiscal Bensouda se pronunciara sobre el Caso Venezuela I, como sí lo hizo con el caso Filipinas.
📢 Read #ICC Prosecutor #FatouBensouda on her request to open an investigation of the Situation in the #Philippines ⤵ #JusticeMatters https://t.co/G85QJPGtv2
— Int’l Criminal Court (@IntlCrimCourt) June 14, 2021
A juicio del abogado y director de la ONG Defiende Venezuela, Carlos Briceño, después de esto, se pueden generar, ahora, tres escenarios para Venezuela.
Un primer escenario sería que este 15 de junio, último día de Bensouda en el cargo, anuncie que se abrirá una investigación formal contra los supuestos responsables de crímenes de lesa humanidad contemplados en el Estatuto de Roma.
De iniciarse la investigación formal, el abogado explicó que la Fiscalía puede realizar investigaciones más detalladas sobre los hechos, visitar el país en cuestión para recabar evidencias y dependiendo de los hallazgos, se puede solicitar una orden de comparecencia o arresto en contra de los individuos señalados.
Luego de la identificación del presunto responsable y su eventual captura, la Fiscalía debe presentar los cargos y delitos que se le imputan para dar inicio a la fase de juicio.
Un segundo escenario para el Caso Venezuela I sería que el examen no se abra. Con esto no significa que el examen terminó, significa que con la llegada de Karim Kahn, el grupo de trabajo de la Asamblea de Estados Partes deberá seguir trabajando en el caso, tratando de modificar las políticas de la Corte Penal Internacional en materia de Examen preliminar. La opinión pública jugará un papel importante.
Un tercer escenario sería la dilación del caso. Carlos Briceño explicó que el silencio de Bensouda podría deberse a los recursos introducidos por el Gobierno venezolano, específicamente por Tarek William Saab, en donde el fiscal designado por la extinta Asamblea Nacional Constituyente, el pasado 25 de Mayo envió una Solicitud de Control Judicial ante la Sala de Cuestiones Preliminares, “para que se pronuncie sobre la inseguridad que inunda la fase del examen preliminar y corrija el trato desigual que se le da a los países afectados, que en el caso de Venezuela, está siendo paradigmático”.
Luego, el 9 de junio Saab pidió a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI que convoque una reunión con las partes, “de conformidad con la norma 30 del Reglamento de la Corte”, lo que a su juicio constituía “una oportunidad única para que se contribuya a asegurar que el trato que se dé a los países objeto de un Examen Preliminar sea justo e igualitario”.
“Se puede decir que la táctica del Estado venezolano de solicitar este recurso de interpretación ya sobre el final del examen preliminar, ha logrado dilatar la apertura de la investigación y lo más probable es que la apertura no se produzca en el periodo de la fiscal Bensouda que termina mañana, sino que esto se retrasaría hasta que asuma el nuevo Fiscal Karim Khan”, explicó Briceño.
El abogado afirmó que incluso si se da la apertura de la investigación, todavía el Gobierno de Nicolás Maduro puede, basándose en el artículo 18 del estatuto de Roma, pedirle a la Fiscalía que se inhiba de iniciar las labores investigativas demostrando (como lo ha venido haciendo con las decisiones sobre los casos del concejal Fenándo Albán y del joven juan Pernalete) que tiene capacidad para investigar, juzgar y que se encuentran haciendo las investigaciones pertinentes.
Sobre la solicitud de inhibición que puede hacer el Estado, la Fiscalía de la CPI puede negarse, pero tendría que ir a la Sala de Cuestiones Preliminares para que la misma la autorice a continuar investigando sin inhibirse. “Hay un lapso de un mes que se le da al Estado después de iniciada la investigación para pedirle a la fiscalía la inhibición, es decir, para que no avance en la investigación demostrando que tiene la capacidad para juzgar él mismo los crímenes”, expresó el director de Defiende Venezuela.
Lo peor para Venezuela I
Carlos Briceño afirmó que si la investigación continúa, bien porque la Fiscalía le pida a la sala de cuestiones preliminares que la exima de inhibirse demostrando que el Estado realmente no tiene la capacidad y voluntad de juzgar, pasaría que, de acuerdo al artículo 19 del Estatuto de Roma, pudiera controlar la admisibilidad de la situación, es decir, que pudiera demostrar que tienen la capacidad para investigar los crímenes de forma genuina.
“Viene una etapa de comienzo de investigación donde todavía el Estado tiene múltiples facultades procesales de las cuales probablemente va a hacer uso para tratar de suspender la investigación o de retrasarla considerablemente, por lo que vamos a estar en un periodo de meses o años en los cuales se van a estar debatiendo estos asuntos preliminares de admisibilidad antes de que podamos ver casos concretos y escenarios efectivos a las intereses de la justicia que son los que la sociedad civil se ha estado imaginando”, aseguró el abogado.
El peor escenario para Venezuela es que se retrase el examen, incluso si la sala de cuestiones preliminares no falla a favor de Venezuela y no se establece el deber de la Fiscalía de continuar en el examen preliminar para que el Estado venezolano juzgue los crímenes ya esté habrá conseguido retrasar la apertura de la investigación lo que podría traducirse en varios meses o incluso años.
Caso Venezuela II
El 13 de febrero del año 2020, el canciller chavista, Jorge Arreaza, denunció a los Estados Unidos ante la Corte Penal Internacional por crímenes de lesa humanidad, debido a las sanciones económicas impuestas a Venezuela.
Posteriormente, el 17 de febrero del 2020, la Fiscalía notificó a la Presidencia de la CPI la recepción de la remisión. En la notificación, la presidencia señaló que las dos remisiones relacionadas con Venezuela que la Fiscalía había recibido parecían superponerse geográfica y temporalmente, y podrían por consiguiente ser asignadas a la misma Sala de Cuestiones Preliminares, “pero que esto debía ser sin perjuicio de una posterior determinación acerca de si el referido alcance de las dos situaciones está suficientemente conectado para constituir una única situación”.
De acuerdo con un informe de la CPI, la remisión afirma que puesto que las medidas adoptadas por los Estados Unidos tienen consecuencias sobre el territorio de un Estado Parte (Venezuela), “la CPI puede ejercer su competencia territorial respecto de los presuntos crímenes de competencia de la CPI en relación con la situación imperante en el territorio de Venezuela”.
“La remisión señala que las sanciones económicas impuestas por el gobierno de los Estados Unidos constituyen un ataque generalizado o sistemático a una población civil, en los términos del párrafo 1 del Artículo 7 del Estatuto de Roma”, explica el informe.
Al recibir la remisión, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional inició un examen cuidadoso e independiente de la información suministrada por el gobierno de Venezuela. “La Fiscalía se ha centrado durante este período en la recolección de información relevante para la situación, tal como está definida en la remisión, con respecto a los elementos específicos de los crímenes del Estatuto de Roma, con el objetivo de informar su análisis material”, señala el informe de la CPI.
En tal sentido, la CPI informó que tiene la intención de concluir su análisis de la competencia material durante la primera mitad de 2021, con el objetivo de determinar si existe fundamento razonable para proceder a un análisis sobre admisibilidad.
Reporte Venezuela II by Andrea González Parra on Scribd