El Banco Central de Venezuela (BCV) flexibilizó la penalización que reciben los bancos tras no vender en los plazos establecidos las divisas —generalmente dólares (USD)— inyectadas vía intervención cambiaria.
En función de esto, el ente emisor recomprará el saldo no colocado, al cierre del último día hábil de la semana, con la aplicación de un descuento equivalente a 5,2375% al precio establecido en la última operación de intervención, reportó Banca y Negocios.
Asimismo, para no generar presiones adicionales a la liquidez de las instituciones bancarias y con la perspectiva de que pueden ser necesarias otras intervenciones extraordinarias en el mercado cambiario, el BCV establece, sin prejuicio de esta decisión, otras decisiones:
- “No aplicar a las instituciones bancarias sobre el saldo no vendido al público de la intervención cambiaria al cierre de la semana respectiva, la reducción del 5,2375% del tipo de cambio para la compra de dicho saldo, estipulado en el Parágrafo Único del artículo 2 de la Resolución N° 19-09-03 del 05/09/2019, siendo utilizado por el contrario el tipo de cambio de compra vigente para el día en que se efectuó la venta de dicha intervención“.
- “No aplicar el cobro de la tasa por déficit de encaje previsto en el artículo 5 de la precitada Resolución, por aquellas divisas no vendidas a sus clientes”.
- “Prorrogar el lapso en el cual las instituciones bancarias tienen la obligación de venta de divisas a sus clientes, producto de la intervención cambiaria, y en consecuencia, que la venta al Banco Central de Venezuela de las divisas no aplicadas se verifique en la fecha que éste determine”.
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