Carolina Isava
Así lo informo el diputado del PSUV Julio García, aseguró que esta reforma es con la finalidad de profundizar las garantías de los Derechos Humanos de quienes son procesados.
Dentro de las modificaciones está; 1- la regulación y la apelación con efecto suspensivo, solo se podrá ejercer en la audiencia preliminar y únicamente sobre delitos graves. 2- No podrá ejercerse contra la sentencia absolutoria en juicio que otorgue la libertad del acusado.
En cuanto a las medidas de privación de libertad, éstas no podrá exceder los dos años y se podrá conceder una única prórroga por el lapso de un año. Bajo esta premisa ninguna persona debería estar más de 3 años privado sin ser penado.
Se reducen los lapsos para la investigación y los lapsos entre diferimiento de las audiencias.
Dentro de la propuestas está la solicitud de establecer en las sedes de los tribunales penales oficinas del Ministerio de Asuntos Penitenciarios, con la finalidad de agilizar los trámites de ingreso y egreso de privados de libertad.