El pasado 25 de noviembre la Cámara Municipal del Municipio Baruta, representada por su presidente, concejal Luis Aguilar convocó una de las acciones más disruptivas e ilegales que haya vivido la historia de la descentralización de los últimos tiempos.
El concejal Aguilar, representante del partido Primero Justicia haciendo uso de las facultades que le otorgara el pueblo de Baruta convocó una sesión extraordinaria para efectuar la elección de la Junta Directiva que presidiría el periodo 2022-2023, olvidando y omitiendo lo establecido no solo en nuestra Constitución Nacional, sino el reglamento interno de debates de la Cámara Municipal del municipio vigente y amparada en Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPMM).
Con total ignorancia de las consecuencias que este acción pudiera causar en el desarrollo de las gestiones que adelanta la alcaldía como órgano ejecutor de la administración municipal, acompañado de una minoría decidió realizar su reelección, no habiendo cumplido el tiempo estipulado para esta diligencia puramente burocrática y que ralentiza el proceso natural de las actividades tanto del concejo como órgano legislador municipal, sino también de la alcaldía pues irrumpe con su acción justo a menos de una semana para la aprobación del presupuesto estimado para el año 2023.
Después de haber utilizado sus redes sociales para anunciar la nueva juramentación; debió revertir la acción ilegal través de las mismas redes, pero asumiendo la vocería el concejal Diego Padrón, quien justificó el hecho de dejar sin efecto la sesión del cuerpo edilicio para “evitar confrontaciones”.
Ya la también concejal Valentina Gómez, vicepresidenta de la Cámara Municipal había advertido de la situación y las consecuencias que esta ilegalidad aplicada constituía una agresión a la gestión en pro de los baruteños.
«Constituye una agravante a la ilegalidad cometida, que se pretenda constituir una nueva junta directiva antes de aprobar la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio Baruta para el 2023», dijo la concejal a los medios de comunicación que conocieron del caso.
Es irresponsable que una sola persona pueda actuar en dos bandos, uno que en el que hace ver que está construyendo una gestión de desapego y apoyo ante las calamidades de servicios prioritarios como electricidad y telecomunicaciones, donde hace énfasis, sin ser estas competencias de la alcaldía y forman parte de las estatales administradas por el Gobierno Nacional, y el otro bando que viola toda normativa, tanto internas y propias de la cámara municipal que preside, como la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPMM) en su artículo 95°, numeral 9.
Las interpretaciones solicitadas ante las violaciones de la ley, siempre serán a favor de la democracia, el estado de derecho y apego a la norma, pues no era ni será nunca el momento para cometer irregularidades que socaven el normal desenvolvimiento de las actividades de todo un ente que está apegado a ley, electo por votación popular y dedicado a resolver los problemas de sus habitantes, por encima de las apetencias políticas de cualquier funcionario que se haga eco de haberlas violado.
Con Información de Con Juymar 3.0.