Súmate también denunció que Nicolás Maduro hace propaganda electoral en medios estatales a favor de Jorge Arreaza
La organización Súmate tildó de «ilegalidad» la migración que hizo el Consejo Nacional Electoral (CNE) a Claudio Fermín y Jorge Arreaza hacia Barinas, para ser candidatos a la repetición de las elecciones en esa entidad.
A través de Twitter, Súmate consideró que este hecho es una «ilegalidad» porque en el Registro Electoral Definitivo (agosto de 2021) Arreaza aparece en Distrito Capital y Fermín en Miranda.
Según la organización, con la migración de Arreaza y Fermín de sus centros de votación origen a nuevos centros en Barinas, el CNE violó lo establecido en los artículos 40 y 123 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).
Además, señalan que también se violaron los artículos 32 y 211 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Rglopre), que prohíben estos cambios luego de cerrado el Registro Electoral Definitivo.
Es una ilegalidad la migración de los candidatos del @PartidoPSUV @jaarreaza y de @SPVSoluciones @claudioefermin a centros de votación en #Barinas, porque en el Registro Electoral Definitivo (Agosto de 2021) el primero aparece en Dtto Capital y el segundo en el Edo. Miranda pic.twitter.com/kd9q3iGjQI
— A.C. Súmate (@Sumate) December 8, 2021
Con migración de candidatos @jaarreaza y @claudioefermin de sus centros de votación origen a nuevos centros #Barinas, el #CNE violó lo establecido en los Arts. 40 y 123 de la LOPRE, 32 y 211 del RGLOPRE, que prohíben estos cambios luego de cerrado el Registro Electoral Definitivo pic.twitter.com/TmArbIjXlV
— A.C. Súmate (@Sumate) December 8, 2021
Denuncian campaña electoral de Maduro a favor de Arreaza
Súmate también denunció que Nicolás Maduro hace propaganda electoral en medios estatales a favor de Jorge Arreaza.
«Hoy, 8 de diciembre, en transmisión por VTV (Venezolana de Televisión) y los demás medios del Estado, Nicolás Maduro hace campaña a favor de su candidato en cuestionada elección de gobernador de Barinas. Viola artículos 145 de la Constitución, 13 y 70 de la Ley Contra la Corrupción, 75.1 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), señaló Súmate a través de Twitter.
Según el artículo 75.1 de la Lopre, «no se permitirá la propaganda electoral que se produzca fuera del lapso de la campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral».
Con información de EFE
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