Súmate alerta que el directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) no ha sido diligente en la notificación y convocatoria de los 991 mil 248 electores seleccionados por sorteo aleatorio como Miembros de Mesas, entre principales, suplentes y reserva; para prestar su servicio electoral en las 30 mil 643 mesas de votación, que deberán activarse para las Elecciones Regionales y Municipales del 21 de noviembre.
La Asociación Civil lamenta que el CNE a la fecha, cuando ya han transcurrido 16 días del inicio de la capacitación y acreditación de los Miembros de Mesas, lapso que según el cronograma electoral comenzó el 20 de octubre y culminará el próximo 18 de noviembre; no haya convocado por todos los medios disponibles, como le corresponde, a los 895.500 electores seleccionados el pasado 07 de julio para ser autoridades del acto de votación en las 29.850 mesas electorales previstas hasta ese momento, como tampoco a los 22.590 electores seleccionados en el sorteo complementario del 27 de octubre para atender a las 793 nuevas mesas de votación, ni a los 73.158 escogidos para que asuman los cargos vacantes en 24.299 mesas.
La Organización Ciudadana considera que el hecho de que el CNE haya realizado el sorteo complementario de Miembros de Mesas siete días después de haber iniciado el lapso de capacitación y acreditación para este grupo de 955.658 electores, y no haya previsto el lapso legal para la impugnación de quienes no cumplen con los requisitos para ejercer estas funciones como el de la solicitud de excepción al cual tienen derecho los seleccionados; atenta contra sus derechos y es una muestra del irrespeto a lo establecido en la normativa electoral.
Súmate advierte que es ilegal que el CNE le haya dado carácter de regularidad a la figura de los “Miembros de Mesas Accidentales”, ya que la misma solo está contemplada en los artículos 119 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 305 del Reglamento General de la LOPRE (RGLOPRE) para cuando no haya quorum en la constitución de las mesas el día de la votación. Aclara que la forma como el CNE ha instrumentado la figura de los Miembros de Mesas Accidentales violenta disposiciones constitucionales, legales (LOPRE) y sublegales (RGLOPRE) que exigen la despartidización de los organismos electorales, así como garantizar la independencia en sus funciones de los integrantes de los mismos. En este particular, invita a los electores que desean corroborar esta denuncia, entrar al sistema automatizado de capacitación a distancia para Miembros de Mesas, ubicado en el sitio Web del CNE (www.cne.gob.ve), y pulsar en el banner la pantalla identificada como “Capacitación de Miembros de Mesa”.
Para la ONG el CNE no ha cumplido con su obligación de desplegar una campaña informativa por todos los medios a disposición de los venezolanos con el fin de exhortar a los electores seleccionados como integrantes de las más de 30 mil mesas de votación a asumir este servicio en las Elecciones Regionales y Municipales del 21 de noviembre, como ha ocurrido en recientes procesos electorales, e indicar las formas o medios a través de los cuales pueden consultar si son parte de este contingente de ciudadanos escogidos para cumplir esta función electoral. Explica que así lo exigen los artículos 33, numeral 22, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE); 99 de la LOPRE, 53 del RGLOPRE, que establecen su obligación de “Garantizar y promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos en los procesos electorales”, “notificarlos de manera individual y expresa” y utilizar ”otros mecanismos que definan” con esta finalidad.
La Organización Ciudadana insta a los directivos del ente rector del Poder Electoral a iniciar cuanto antes la campaña informativa de sensibilización al casi millón de electores seleccionados como Miembros de Mesas con el fin de que se capaciten y acrediten, aunque ya haya transcurrido la mitad del período para ello, y le indica que tienen a su disposición un espacio gratuito de hasta cinco minutos diarios en los medios de comunicación audiovisuales (Radio y televisión abierta y por cable) y una página diaria en los medios impresos (Nacional, regional o local), que le otorga el artículo 84 de la LOPRE. Señala que también pueden solicitar con este propósito algunos de los minutos gratuitos previstos en el artículo 10, numeral 2, de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (RESORTE).
En cuanto a la conformación de las Mesas Electorales en los actos de instalación y constitución, la ONG señala que el CNE debe acatar y respetar lo establecido en la LOPE, la LOPRE y el RGLOPRE, que establecen que estos organismos subalternos electorales deben estar integrados por cinco miembros y un secretario seleccionados por sorteo, sean principales, suplentes o reserva; y que el quorum mínimo legal requerido para su funcionamiento es el de la mayoría simple (Artículos 55 de la LOPE y 38 del RGLOPRE). La Asociación Civil hace esta observación, ya que de acuerdo al Manual de la Mesa Electoral 2021, al contenido de algunas infografías publicadas en la cuenta oficial twitter @cneesvzla y de los videos de formación del CNE, las Mesas Electorales estarán conformadas por dos integrantes y el secretario, cuando el mínimo exigido legalmente es que estén presentes tres de ellos más el secretario. La razón fundamental de la exigencia legal del quorum mínimo de funcionamiento es que las decisiones se toman por la mayoría simple de sus integrantes. Por este motivo, alerta que en el caso de que estos organismos subalternos se constituyan con dos integrantes, podrá ser causal de nulidad, según lo establecido en el artículo 217 de la LOPRE: “Serán nulas todas las votaciones de una Mesa Electoral en los siguientes casos: 1.Por estar constituida ilegalmente la Mesa Electoral. La constitución ilegal de una Mesa Electoral puede ser inicial, cuando no se haya constituido en acatamiento a los requisitos exigidos por esta Ley, o sobrevenida, cuando en el transcurso del proceso de votación se hayan dejado de cumplir dichas exigencias…”
Por último, Súmate insta a los integrantes del ente rector del Poder Electoral a revertir la decisión de constituir las mesas electorales solo con dos integrantes más el secretario, con lo cual estarán dando muestra de que están sometidos al imperio de la Ley, ya que en caso contrario podrían estar dando motivos para generar solicitudes de nulidad de las votaciones en esos organismos electorales subalternos por estar conformados ilegalmente; y, al mismo tiempo, recuerda a los electores seleccionados como Miembros de Mesas que luego de capacitarse y recibir la acreditación para asumir este servicio electoral, se convierten en la autoridad electoral en sus respectivas Mesas de Votación, por lo cual no están subordinados a los Coordinadores Regionales y Municipales, Coordinadores de Centros de Votación y personal técnico del CNE, como tampoco de los funcionarios del Plan República.
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