La Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas anuló este viernes la decisión de la jueza Kenia Carrillo dictada el pasado 26 de agosto en la que absolvió al sargento Arli Méndez Terán por el homicidio del estudiante David Vallenilla durante las manifestaciones antigubernamentales de 2017.
En un comunicado publicado en redes sociales, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) señaló que mantendrá la privativa de libertad contra el acusado y ordenó la celebración de un nuevo juicio oral y público.
“(…) Será sometido a un nuevo juicio oral y público, toda vez que la representante legal de la víctima no tuvo derecho a actuar de manera continua en el juicio oral y hacer valer sus derechos como parte querellante, debiendo conocer otro tribunal de juicio, quien deberá dar cumplimiento al fallo”, agregaron.
Asimismo, la Corte de Apelaciones decretó con lugar la apelación de autos ejercida por la abogada María Alejandra Poleo, en su carácter de apoderada judicial de David Vallenilla, padre del estudiante, en su carácter de víctima indirecta, en el caso.
En contexto
La decisión del Poder Judicial se produce luego de que el fiscal general Tarek William Saab informara que el Ministerio Público (MP) apelaría la decisión del Tribunal 15 de Juicio del AMC luego de absolver al sargento de sus delitos.
Arli Méndez Terán es acusado por los delitos de homicidio calificado, perpetrado con alevosía y por motivos fútiles, así como también por el uso indebido de arma orgánica.
Un día después, Saab anunció el inicio de una investigación penal contra la jueza del caso por su “impropia actuación en el caso del homicidio de David Vallenilla”.
El pasado 30 de octubre el fiscal general desmintió que el militar se encuentre libre o haya salido de Venezuela luego de la absolución de sus delitos. “Apenas dimos a conocer nuestra intención de apelar la sentencia absolutoria, el funcionario se encuentra privado de libertad. Es completamente falso que esté en libertad o fuera del país como han dicho algunos de manera malintencionada”, dijo Saab durante una rueda de prensa desde la sede del Ministerio Público.
De acuerdo a Saab, el caso de David Vallenilla permitió evidenciar “un quebrantamiento del uso de proporcional y diferenciado de la fuerza”, puesto que no había “evidencia de que los funcionarios del otro lado de la cerca de la Base Aérea corrieran peligro”.
“Pongo un ejemplo, un funcionario de seguridad no puede responder con balas a un manifestante que arroje una piedra. Ni siquiera hubo un disparo disuasorio hacia el aire. Se hizo uso de un arma de fuego potencialmente letal a corta distancia sin hacer disparos al aire ni otras formas de disuasión”, aseveró.
Señaló que la experticia demuestra que el funcionario disparó el arma de fuego y evidencia que era él escopetero en el momento del ataque.
“En juicio oral y público, el defensor del acusado dijo que él actuó en defensa propia pero de manera excesiva. Son palabras textuales. Por tanto, reconoció su acción. La decisión de la jueza no tiene sentido. Es con esa evidencia que el Ministerio Público acusó a este funcionario de la Aviación el 19 de octubre de 2017. El juicio inició en septiembre de 2019. Allí nuestros fiscales presentaron 52 órganos de prueba que sustentaban la acusación”, precisó.
La entrada Corte de Apelaciones anula la absolución del homicida de David Vallenilla se publicó primero en Sumarium – Información.
Seguir leyendo en el medio que originalmente publicó la noticia