Publican en Gaceta Oficial número 42.575 el decreto que se exonera el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del
capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas valores, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana.
Dicho decreto estará vigente por un año a partir del 26-02-23.
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