El pasado 23 de julio de 2021 el presidente de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo, dio a conocer que la eutanasia en Colombia no solo aplicaba para personas que tuvieran una enfermedad terminal, sino también para pacientes que padecieran un intenso sufrimiento físico o psíquico, que provenga de una lesión corporal o de una enfermedad grave e incurable.
Por: Radionacional.co
Cuatro días después de ese anuncio, Martha Sepúlveda Campos, acompañada de su único hijo Federico Redondo Sepúlveda y sus abogados, acudieron a la EPS Sura en la ciudad de Medellín de donde son naturales, a solicitar el procedimiento tras argumentar que se encontraba dentro de esas excepciones de salud, por sufrir desde hacía tres años Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
Tal como lo había anunciado la Corte Constitucional, el procedimiento fue aprobado para Martha Sepúlveda quien incluso escogió el día y la hora de su muerte, el 10 de octubre de 2021 a las 7 de la mañana, fecha en la que pidió además se adelantaran sus exequias con cremación, entrega de cenizas y la eucaristía católica correspondiente.
Sin embargo, el día 8 de octubre el Comité Científico Interdisciplinario para el derecho a morir con dignidad a través de eutanasia del Instituto Colombiano del Dolor S.A.S, revisó y analizó de nuevo esta solicitud y, según un comunicado de la entidad, el equipo concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de eutanasia programado para el día 10 de octubre de 2021.
A continuación el comunicado en integro:
#Atención: Cancelaron el procedimiento de eutanasia de Martha Sepúlveda que estaba programado para este domingo 10 de octubre a las 7 de la mañana en Medellín.? Lea el comunicado de la IPS: pic.twitter.com/iQZekLSoBi
— Johanna Ramírez Gil. (@JohannaRami) October 9, 2021
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